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Ricardo Lara emite un aviso a las compañías de seguros California

Ricardo Lara emite un aviso a las compañías de seguros California

La pandemia de COVID-19 ha afectado significativamente el estilo de vida de la mayoría de las personas en los Estados Unidos y en todo California. Si bien se ha tratado ante todo de una crisis sanitaria, el coronavirus ha afectado considerablemente a las empresas de este estado. Muchos empresarios han recurrido a pólizas de seguro por interrupción de actividades comerciales para intentar obtener cobertura por sus pérdidas. Aunque este tipo de cobertura de seguro se suele utilizar tras interrupciones causadas por desastres naturales, algunas pólizas incluyen cobertura para cierres provocados por órdenes de las autoridades gubernamentales.

Sin embargo, muchas compañías de seguros han rechazado estas reclamaciones y han afirmado que no ofrecerán cobertura a los empresarios por las pérdidas relacionadas con la COVID-19.

¿Se obligará a las compañías de seguros a ofrecer cobertura?

En respuesta a las numerosas quejas recibidas de empresas, funcionarios públicos y diversos representantes de compañías de seguros, el Comisionado de Seguros Ricardo Lara y el Departamento de Seguros emitió un aviso en el que exigía a las compañías de seguros y otras licencias del Departamento de Seguros para “cumplir con sus obligaciones contractuales, legales, reglamentarias y de otro tipo, e investigar de manera imparcial todas las reclamaciones por interrupción de la actividad comercial causadas por la COVID-19”.”

En su declaración, el comisionado Ricardo Lara afirmó: “Quiero dejar absolutamente claro que las compañías de seguros deben investigar de manera imparcial todas las reclamaciones por interrupción de la actividad comercial, tal y como lo harían ante cualquier catástrofe”.”

El Departamento de Seguros también anima a los propietarios de negocios a revisar sus pólizas, prestando especial atención a las exclusiones, los límites de cobertura y las franquicias aplicables. En lo que respecta al seguro por interrupción de la actividad comercial, la aceptación o no de una reclamación dependerá en gran medida de la redacción específica de cada póliza en particular. Muchas pólizas de seguro por interrupción de la actividad comercial incluyen cláusulas que ofrecen cobertura específica para cierres relacionados con órdenes gubernamentales. Sin embargo, las pólizas también pueden contener exclusiones para pérdidas relacionadas con brotes virales.

Se recomienda a los empresarios que comprueben si ya cuentan con una cobertura de seguro que pueda cubrir las pérdidas relacionadas con la COVID-19. Esto podría incluir pólizas de “cancelación de eventos”.

¿Están tomando medidas los legisladores con respecto a los seguros por interrupción de la actividad comercial?

Miembros del Congreso y legisladores de muchos estados de todo el país han solicitado a las compañías de seguros que cubran las pérdidas sufridas por las empresas a causa de la COVID-19. Sin embargo, no han llegado a aprobar leyes que obliguen a las aseguradoras a cubrir estas reclamaciones. Una vez más, las pólizas de seguro son contratos, y la redacción específica de estos contratos es importante. Las aseguradoras no van a ofrecer cobertura por nada a lo que no estén específicamente obligadas, y van a tomar medidas para reducir su responsabilidad durante esta pandemia en curso.

La orden emitida por el comisionado Lara simplemente exige que las compañías de seguros hagan lo que ya deberían estar haciendo: cumplir con los acuerdos que establecen con los asegurados.

¿Qué tipo de cobertura ofrece el seguro por interrupción de la actividad comercial?

Si una empresa cumple los requisitos para recibir cobertura en virtud de una póliza de interrupción de la actividad comercial, podría tener derecho a recibir diversos tipos de coberturas diseñadas para situar a la empresa en la misma posición financiera en la que se habría encontrado de no haber ocurrido esta pandemia. Esto incluye la cobertura de las ganancias, los costos fijos y los costos relacionados con la capacitación, así como la cobertura de cualquier ajuste que sea necesario realizar en la empresa para reanudar las operaciones de manera segura. El seguro por interrupción de negocios suele tener una duración limitada y, por lo general, finaliza cuando la empresa vuelve a las mismas condiciones operativas en las que se encontraba antes de que se produjera el cierre. Los abogados especializados en seguros por interrupción de negocios de California en Bentley & More LLP Podemos ayudarte si tienes alguna duda. Ponte en contacto con nuestros abogados expertos para una consulta gratuita sobre tu caso.

 

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